Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0610/2005-R
Fecha: 03-Jun-2005
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 28 de octubre del pasado año, el actor pidió se haga efectiva la devolución de sus bienes de acuerdo al detalle incurso en el informe policial (fs. 6 a 7), y sea a la brevedad posible, haciendo constar que la devolución de su vehículo por DIRCABI está en trámite (fs. 9).