SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0618/2005-R
Fecha: 07-Jun-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 28 de octubre de 2004, cursante de fs. 17 a 19 de obrados, los recurrentes manifiestan que el 12 de junio de 2004 Lía Quispe y Cecilia Moscoso en compañía de otras personas, se hicieron presentes en su domicilio donde tienen un negocio de expendio de bebidas alcohólicas y con agresiones, amenazas y otros atropellos les exigieron que por la inseguridad del lugar cerraran su local, sin considerar que ellos colaboran con la seguridad al efectuar un pago mensual de Bs.30 destinado a un sereno y que sólo atienden los días “sábados de 14:00 p.m. a 03:00 a.m. y domingos de 14:00 a 00:00 días y horas hábiles” (sic.); por ello, se denunció el hecho y en la vía conciliatoria se solicitó la suscripción de actas de garantías; empero las recurridas se negaron a firmar; y desde entonces hasta la fecha de presentación del recurso de amparo, han transcurrido más de cuatro meses sin que puedan trabajar lo cual les perjudica ya que les impide cubrir una deuda económica de $us7.842,09.- al Fondo Financiero Privado F.F.P. S.A.
Meses después, el 26 de septiembre de 2004 a horas 23:00, las mismas personas acompañadas de los otros co recurridos, a nombre de la junta vecinal del barrio, en forma prepotente y abusiva ingresaron a su domicilio pidiéndoles que cerraran el local, y ante la negativa se retiraron y minutos más tarde volvieron con más gente arrojando piedras al techo, petardos y palos, propinando golpes a toda su familia, a su persona, a sus dos hijas y a su esposa quien fue internada en el Hospital San Juan de Dios; luego de realizados los respectivos reconocimientos médico forenses se han querellado contra los agresores estando el hecho en investigación ante la Policía Técnica Judicial (PTJ) por los delitos de atentado contra la libertad de trabajo, lesiones, allanamiento de domicilio, robo de especie y amenazas de muerte, cuyas diligencias se están desarrollando; empero, por otras personas se han enterado que contra su familia existe una denuncia en la Comisaría de la Villa Primero de Mayo, cuando en realidad ellos son las víctimas.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.a. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- APROBAR