SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0631/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0631/2005-R

Fecha: 15-Jun-2005

II.6.

II.6.  Mediante  escrito presentado el 29 de octubre de 2004 (fs. 235 y 236),  el actor suscitó “nulidad de obrados” por no haber sido notificado con la Sentencia de primera instancia, y pidió la  revocatoria de la liquidación de asistencia familiar efectuada en ejecución de sentencia. Se observa que en el referido memorial, el hoy recurrente sostiene que en el Auto de 23 de septiembre de 2004 -hoy impugnado- se consignó la suma de Bs3.000.- como asistencia familiar mensual, monto que “solamente empieza a correr a partir de la Notificación el mismo”.