SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0645/2005-R
Fecha: 14-Jun-2005
III.2.
III.2. En la problemática planteada, se establece que en ejecución de la sentencia ejecutoriada dictada dentro del proceso ejecutivo que siguió contra Elizabeth Alvarez Ibarra, la ejecutante y ahora actora se adjudicó el bien inmueble de propiedad de la ejecutada; adjudicación aprobada por Auto de 22 de julio de 2004, contra el cual, la ejecutada planteó recurso de apelación pidiendo la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo, aduciendo por una parte, que no fue notificada con el rechazo que hizo el Juez de su impugnación al avalúo pericial presentado, impidiéndole apelar contra dicho auto (afirmación falsa pues presentó apelación), y por otra parte, que planteó un incidente de nulidad del remate realizado el 9 de junio a horas 10, debido a que no se realizaron las dos publicaciones de ley, sino solo una, el día anterior al remate; y que sin resolver ese incidente el Juez de la causa no debió señalar la segunda audiencia de remate.
El mencionado recurso de apelación fue resuelto por los vocales recurridos a través del Auto de Vista de 18 de octubre de 2004 ahora impugnado, que anuló obrados hasta fs. 113 inclusive, disponiendo que se sustancie la apelación planteada contra el Auto de 19 de mayo de 2004, así como el incidente de nulidad de remate, ambos corridos en traslado, al considerar que estos recursos pendientes violentan el normal desenvolvimiento del proceso y que corresponde enmendar dichas fallas procedimentales a fin de evitar indefensión o violaciones constitucionales que afecten al orden público.