SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0665/2005-R
Fecha: 16-Jun-2005
II.3.
II.3. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente por los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, se llevó adelante la audiencia conclusiva de procedimiento abreviado en la que se realizó una relación de los hechos sobre el primer trámite de inscripción realizado el 10 de marzo de 2004, la prueba existente sobre ese hecho y la declaración de reconocimiento de culpabilidad del imputado sobre ese trámite, emitiéndose en esa misma audiencia la Sentencia 024/2004, de 15 de junio, por la que se condenó al recurrente como autor de la comisión de los delitos citados imponiéndole una pena privativa de libertad de 2 años, concediéndosele además el perdón judicial de acuerdo a lo establecido por la norma prevista en el art. 368 del Código de procedimiento penal (CPP) (fs. 24 a 27).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.
- en consecuencia, dada su naturaleza jurídica y los principios sobre los que se estructura, el amparo constitucional no es la vía para hacer cumplir las sentencias o fallos judiciales
- III.2.