SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0682/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0682/2005-R

Fecha: 20-Jun-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente afirma que fue objeto de detención indebida por parte de los recurridos, por cuanto al disponer su detención preventiva no cumplieron con el art. 233 inc. 1) del CPP.  Asimismo, sostiene que fue procesado por un tribunal de excepción, toda vez que encontrándose suspendidos los jueces técnicos, han sido habilitados para la tramitación del juicio, siendo procesado doblemente, por cuanto en el juicio que se sustanció contra el co procesado Carlos Frías Velasco, ya prestó su declaración, no pudiendo volver a ser procesado nuevamente. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.