Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0740/2005-R
Fecha: 29-Jun-2005
Fragmento 12
En ese sentido, el requisito de contenido previsto en el art. 97.III de la LTC, referido a exponer en forma clara y precisa los hechos que sirven de fundamento al recurso, es un instrumento procesal otorgado al juez o tribunal de amparo para verificar la existencia del acto, omisión o resolución supuestamente ilegal o indebida; proveniente de autoridad, funcionario, persona o grupo de personas particulares que supuestamente lesionan los derechos y garantías invocados en el recurso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Procederá
- 1.
- II.2. Sobre los requisitos de admisión del recurso de amparo constitucional
- Fragmento 9
- la causa de pedir'
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- al derecho o garantía
- Fragmento 14
- II.2.3. Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados (art. 97.VI de la LTC)
- II.3.
- derechos o garantías constitucionales
- para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados.
- APROBAR