Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0740/2005-R
Fecha: 29-Jun-2005
la causa de pedir'
“Conforme a lo señalado, los hechos jurídicamente relevantes que sirven de fundamento fáctico del recurso deben ser, como lo expresa la ley, expuestos con precisión y claridad, dado que los mismos delimitan la causa de pedir y vinculan al Tribunal de amparo, es decir que éste, deberá resolver la problemática planteada conforme en esa descripción de los hechos y su calificación jurídica (derechos lesionados) y no otra”.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Procederá
- 1.
- II.2. Sobre los requisitos de admisión del recurso de amparo constitucional
- Fragmento 9
- la causa de pedir'
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- al derecho o garantía
- Fragmento 14
- II.2.3. Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados (art. 97.VI de la LTC)
- II.3.
- derechos o garantías constitucionales
- para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados.
- APROBAR