Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0737/2005-R
Fecha: 04-Jul-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que se ha vulnerado sus derechos a la propiedad, a la defensa y al debido proceso por cuanto la autoridad recurrida ha pronunciado sentencia declarando probada la demanda de usucapión seguida en su contra dentro de un proceso que se llevó sin su conocimiento en el que, luego de anularse obrados hasta el apersonamiento del Defensor de Oficio, se aceptó el apersonamiento y contestación de otro abogado sin que éste hubiese sido designado conforme a ley. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.
- recurso
- I.1.1.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- con la sola excepción de que, por faltar un elemento tan esencial del proceso (pleno respeto de los derechos y garantías de las partes) o de la Resolución misma
- III.3.
- REVOCAR