Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0747/2005-R
Fecha: 04-Jul-2005
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
En uso de la réplica manifestó que a los veintiún días de iniciada la demanda de divorcio los personeros de la Línea 110 suspendieron las dos líneas que le pertenecían entre tanto se dictara la sentencia de divorcio, sin conocerse lo que sucedió con ellas en ese lapso de tiempo, pues para que exista el cambio de nombre de las acciones debió existir algún tipo de transferencia. Consecuencia de los intentos de conciliación los recurridos se comprometieron a devolver las líneas pero no cumplieron; incluso fue conducido a la cárcel por no poder cumplir la asistencia familiar que fue fijada en el proceso familiar.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las personas recurridas
- PROCEDENTE
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.