SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0747/2005-R
Fecha: 04-Jul-2005
II.8.
II.8. Por nota de 9 de marzo de 2004, el Sindicato 14 de Septiembre, solicitó al Tribunal de Honor de la Federación de Autotransporte la revocatoria de la Resolución adoptada por ese Tribunal al no haberse considerado: a) el comportamiento del actor al haber infringido el art. 17 incs. e) e i) del Estatuto y Reglamento que rige la organización sindical, razón por la cual el actor perdió sus derechos como socio; b) el documento transaccional suscrito por el recurrente con su ex cónyuge por el que se estableció que las acciones de las líneas más los vehículos pasaron a propiedad de los hijos; c) el rechazo de la Jueza Tercera de Partido en lo Familiar a la solicitud de división de las acciones presentadas por el actor. Además hicieron conocer que los dirigentes de la Llínea 110 fueron notificados con una carta notariada, en la que los herederos de las acciones hicieron conocer su derecho propietario.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las personas recurridas
- PROCEDENTE
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.