Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0748/2005-R
Fecha: 05-Jul-2005
II.3.
II.3. Por Auto de 3 de noviembre de 2004, el Juez demandado rechazó el incidente formulado por el actor y en cumplimiento a la SC 1404/2004-R le conminó a desocupar el inmueble en el término de tres días de su legal notificación, bajo prevención de librar mandamiento de desapoderamiento (fs. 23 y vta.), siendo notificado el actor el 6 de noviembre de 2004 (fs. 25 vta.). El mismo día, el actor apeló la decisión mereciendo el decreto de 8 de noviembre de 2004 (fs. 30) que dispuso “Con carácter previo adjúntese la boleta de pago por el recurso que se está planteando” (sic.).