Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0799/2005-R
Fecha: 18-Jul-2005
II.3.
II.3. El 24 de abril de 2001, la representada del actor prestó su declaración indagatoria, siendo advertida por el Juez Instructor recurrido que tenía veinte días para asumir defensa (fs. 41). Acto seguido, el Juzgador, al evidenciar que la parte querellante y su esposo aprehendieron en forma ilegal a la imputada sin el correspondiente mandamiento de aprehensión, dispuso su libertad, imponiéndole las medidas de arraigo y de una fianza de carácter personal (fs. 42 y vta.).