SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0805/2005-R
Fecha: 19-Jul-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente manifiesta que en el proceso disciplinario seguido en su contra por el Director Departamental de Recaudaciones de la Policía de Oruro, por la emisión ilegal de autorizaciones para conducir vehículos automotores cuando estaba destinado en Huanuni como responsable de la Policía; solicitó la prescripción de la acción por transcurso de tiempo; sin embargo, dicha solicitud fue negada en primera instancia por el Tribunal Disciplinario Sumariante -ahora recurrido- y por el Tribunal Disciplinario Permanente de la Policía de Oruro -co recurrido-, al haber sido confirmada la negativa apelada, restringiendo y suprimiendo así sus derechos a la defensa y al debido proceso. Corresponde analizar por ende si tales aseveraciones son ciertas, y si dan lugar o no a brindar la tutela que otorga el art. 19 de la CPE.