Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0809/2005-R
Fecha: 19-Jul-2005
III.4.
III.4. Por otra parte, los recurrentes sostienen que los co recurridos Presidente de la ACFO y miembros de la Comisión de Cultura de la misma, actuaron sin competencia al ministrar posesión a las personas que habrían resultado vencedores en las elecciones para la renovación del Directorio de la Morenada Central Oruro, de modo que -a decir suyo- habrían incurrido en la nulidad que prevé el art. 31 de la CPE.