Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0834/2005-R
Fecha: 25-Jul-2005
II.2.
II.2. El 14 de enero de 2005, la autoridad recurrida remitió a Israel Orlando Ramírez Rueda, de nacionalidad colombiana ante la Dirección Departamental del Servicio Nacional de Migración, adjuntando una fotocopia de su declaración informativa toda vez que en ésta indicó que ingresó al país el 15 de diciembre de 2004 con visa de turista, empero fue arrestado cuando se encontraba trabajando como capataz de la propiedad indicada. En el cargo de recepción por el Jefe de Inspectoría y Arraigo a.i. del Ministerio de Gobierno, se aclaró que previa deportación del ciudadano colombiano debía tomarse en cuenta que “(...) el detenido no ha sido dejado en custodia de Migración” (sic.). (fs. 41).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- aprehensión por parte del fiscal
- al arresto por parte del fiscal o la policía prevista en el art. 225 del CPP
- cuando fuera de dichos casos y circunstancias procede a aprehender o arrestar, su actuación no es legal sino indebida