Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0834/2005-R
Fecha: 25-Jul-2005
III.1.
III.1. El recurso de hábeas corpus instituido por el art. 18 de la CPE, ha sido establecido como una acción tutelar que tiene por objeto proteger la libertad personal, frente a una persecución, detención, procesamiento, prisión ilegal o indebida u otra violación que tenga relación con el derecho a la libertad, a objeto de que un juez o tribunal evalúe la situación jurídica de la persona y dicte sentencia ordenando su libertad, haciendo que se reparen los defectos legales o poniendo al demandante a disposición del Juez competente.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- aprehensión por parte del fiscal
- al arresto por parte del fiscal o la policía prevista en el art. 225 del CPP
- cuando fuera de dichos casos y circunstancias procede a aprehender o arrestar, su actuación no es legal sino indebida