SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0835/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0835/2005-R

Fecha: 25-Jul-2005

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

La recurrente a través de su abogado ratificó y reiteró su demanda, añadiendo que el Concejo Municipal no consideró su reincorporación, pese a sus constantes reclamos, sin tener en cuenta que la causa de su suspensión desapareció, al haber sido anulado el proceso penal con Sentencia ejecutoriada seguido en su contra, por la SC 1181/2004-R; es decir, “no existe Auto de Procesamiento debidamente ejecutoriado”(sic.), para que el Concejo mantenga la decisión  de suspenderla, situación acreditada a través de un certificado otorgado por el Juez del proceso penal. En ejercicio de su derecho a la réplica indicó que las autoridades recurridas actúan coaccionadas por las autoridades comunarias.