Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0835/2005-R
Fecha: 25-Jul-2005
II.2.
II.2. Por nota de 30 de agosto de 2004, la actora solicitó a Jorge Quispe Yujra, Presidente del Concejo Municipal de Tiwanaku, la reincorporación a sus funciones de Concejal Titular y la cancelación de sus haberes, expresando que no pudo justificar su ausencia; empero, tuvo la oportunidad “de salir libre”, constando el cargo de recepción por el Concejo, en la misma fecha (fs. 11). No consta respuesta alguna a dicha solicitud.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Lourdes Mamani de Copeticona, Marcelino Cruz Huanca, René Quispe Rodríguez, Mery Pinedo Ponce y Jorge Quispe Yujra, Concejales del Municipio de Tiwanaku,
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- 1º APRUEBA