SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0849/2005-R
Fecha: 27-Jul-2005
a)
El actor afirma que las autoridades recurridas violaron los derechos de sus representados a la igualdad, a la seguridad jurídica, a recibir instrucción y adquirir cultura, a la petición y a la garantía del debido proceso, porque fueron dados de baja en forma definitiva de la ANAPOL sin derecho a reincorporación: a) sin dar respuesta a sus reclamos solicitando la exhibición y revisión de boletas de sanción; b) aplicando normas reglamentarias posteriores a la supuesta comisión de faltas; c) sin previo proceso y sin notificación de la Resolución del Consejo Consultivo que motive las causas de la sanción; d) sin responder a sus pedidos de reincorporación. Corresponde considerar si en la especie es viable otorgar la tutela pretendida.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- David Aramayo Araoz, Comandante General de la Policía Nacional, Juan Carlos Saa Manzaneda, Director Nacional de Instrucción y Enseñanza de la Policía Nacional, y otros,
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- a)
- III.1.
- III.2.
- APROBAR