Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0849/2005-R
Fecha: 27-Jul-2005
II.7.
II.7. Por notas de 5 de noviembre de 2004 (fs. 401-403), el Director Nacional de Instrucción y Enseñanza, en respuesta a la solicitud presentada en su despacho el 3 de noviembre, comunicó a Ramiro Rubel Antezana Gonzáles y a Iber Arminis Orellana Claros, que su solicitud sería considerada, además de comunicar la decisión de recabar un informe de parte de las autoridades de la ANAPOL “a efectos de tomarse una decisión justa y equitativa al respecto”.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- David Aramayo Araoz, Comandante General de la Policía Nacional, Juan Carlos Saa Manzaneda, Director Nacional de Instrucción y Enseñanza de la Policía Nacional, y otros,
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- a)
- III.1.
- III.2.
- APROBAR