SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0886/2005-R
Fecha: 29-Jul-2005
b)
b) El recurrido Director de la Unidad Educativa al haber declarado en vacancia el cargo que ostentaba el actor y el codemandado Director Distrital al haber procedido a su sustitución por otro profesional, sin contemplar las normas de procedimiento contendidas en el capítulo sexto del Reglamento de Faltas y Sanciones del Magisterio, incurrieron en actos ilegales que vulneran el derecho a la defensa en proceso disciplinario, haciendo abstracción de la presunción de inocencia y la inexistencia de toda sanción impuesta sin el cumplimiento de las normas procesales de la materia, omisiones que vulneran la garantía del debido proceso cuya observancia goza de la primacía dispuesta por los arts. 228 y 229 de la CPE.