Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0886/2005-R
Fecha: 29-Jul-2005
II.6.
II.6. Por nota de 25 de agosto de 2004 (fs. 81), el Director de la Unidad Educativa informó al Director Distrital de Educación el abandono de funciones del actor durante seis días consecutivos en el mes de agosto por lo que declaró vacante el cargo, solicitando autorización para convocar a profesores para optar el cargo, emitiendo en la misma fecha la respectiva convocatoria (fs. 82); y el 30 de agosto de 2004 (fs. 28) le informó que hasta esa fecha el actor no se presentó a su fuente de trabajo.