Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 042/2005-RCA
Fecha: 30-Ago-2005
APROBAR el rechazo
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR el rechazo contenido en la Resolución 106/05, de 17 de marzo de 2005 (fs. 99), pronunciada por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Resolución
- a)
- rechazó
- 1.
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 9
- II.3.
- antes
- el precepto señala los casos de inactivación del recurso, que determinan que no se pueda incoar la causa, por existir los impedimentos expresados en el aludido art. 96 de la LTC.
- APROBAR el rechazo