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    CONSTITUCIONAL 1007/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    CONSTITUCIONAL 1007/2005-R

    Fecha: 22-Ago-2005

    I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

    Los recurrentes ratificaron su recurso e indicaron que los recurridos continúan en funciones, haciendo notar que el Estatuto Orgánico de MUSEPOL impide la autoconvocatoria a asambleas y no existe otra instancia que no sea su Directorio para convocarlas, todo en mérito a que MUSEPOL tiene autonomía administrativa, económica y financiera.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de la parte recurrida
    • a)
    • b)
    • II.4.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • a la seguridad jurídica,

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