SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0895/2005-R
Fecha: 04-Ago-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Su persona firmó un contrato de trabajo con el Ministerio de Salud y Deportes con una duración de un año para cumplir las funciones de médico Coordinador Regional de la Unidad Ejecutora de Crédito NDF-322, dicha contratación fue autorizada a través de la Resolución Ministerial (RM) de 17 de febrero de 2003, aprobada de acuerdo a las normas legales administrativas y en sujeción al presupuesto de la Unidad que contaba con la Cooperación Nórdica; por otra parte, el contrato fue suscrito por las autoridades que en ese entonces fungían como Viceministro de Salud, Director de Asuntos Administrativos y Jefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Salud y Deportes, en consecuencia, dicho documento fue legalmente faccionado.
Señala que habría trabajado hasta la conclusión de su contrato; sin embargo, el Ministerio no cumplió con el pago del salario correspondiente al mes de diciembre de 2003, por lo que al concluir sus funciones presentó una serie de notas a dicha entidad a efectos de que se cumpla con el pago de sus haberes del mes señalado, pero, el Ministerio de Salud y Deportes se negó a pagarle, siendo que su persona trabajó en forma correcta y continua, cumpliendo con todas las exigencias del contrato, sin que hasta la fecha exista ningún reclamo por las funciones que desempeñó.
Manifiesta que ante su insistencia para que los personeros del Ministerio de Salud den respuesta a su solicitud, se le respondió con una carta en la que señalaron que debía esperar una auditoria, la que ya se ha llevado a cabo sin que se pueda argumentar nada para que se le niegue el pago de su sueldo devengado, estando en la misma situación todos los funcionarios que figuran en planillas; además, a partir de la entrega de la citada nota el silencio optado por dicho Ministerio no solo fue notorio sino también perjudicial a sus intereses, puesto que restringe su derecho al pago de su salario devengado y precisamente el acogerse a ese silencio administrativo le hace temer que el Ministerio de Salud opte por el transcurso del tiempo y la reversión de dineros al Estado.