Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0896/2005-R
Fecha: 04-Ago-2005
SC 0022/2003-R,
'En el caso de las personas jurídicas, como es la sociedad agrícola ganadera El Dorado Ltda. el recurrente, que es quien demanda en su representación, debió acreditar su condición de legítimo representante adjuntando el poder correspondiente, en el que debía constar inexcusablemente el acta de constitución de la sociedad, la nómina de socios, su inscripción al registro de Comercio, su personería jurídica y sus Reglamentos. (…)' (las negrillas son nuestras).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- SC 0022/2003-R,
- SC 1823/2003-R
- Fragmento 12
- III.3.
- En consecuencia, siguiendo la línea jurisprudencial glosada en el apartado precedente, no se encuentra acreditada la personería de Walter Guerrero
- APRUEBA