Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0935/2005-R
Fecha: 12-Ago-2005
II.2.
II.2. A fs. 9 cursa el certificado de incapacidad temporal por baja prenatal expedido por la Caja Nacional de Salud, a favor de la recurrente, estableciendo cuarenta y cinco días de incapacidad desde el 27 de julio al 9 de septiembre de 2004, en cuyo reverso del documento consta el sello de recepción de la Dirección de Recursos Humanos de la Cámara de Diputados.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- procedente
- II.2.
- II.4.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no es menos cierto que agotar esos medios ordinarios implica para la gestante un perjuicio que podría ser irreparable proveniente de una acción ilegal e indebida de la autoridad recurrida. En tal situación, es viable este amparo como mecanismo rápido y eficaz para proteger prioritariamente los derechos de la recurrente que se encuentra en estado de gravidez y del ser en gestación
- III.3.
- III.4.