Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0935/2005-R
Fecha: 12-Ago-2005
II.8.
II.8. A través de oficio de 8 de noviembre de 2004, la recurrente hizo conocer al Presidente de la Cámara de Diputados del retiro que fue objeto y pidió la reincorporación a su fuente de trabajo, argumentando que por su estado de embarazo goza de inamovilidad hasta el año del nacimiento de su hijo (fs. 14). No cursa en antecedentes respuesta alguna a lo solicitado.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- procedente
- II.2.
- II.4.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no es menos cierto que agotar esos medios ordinarios implica para la gestante un perjuicio que podría ser irreparable proveniente de una acción ilegal e indebida de la autoridad recurrida. En tal situación, es viable este amparo como mecanismo rápido y eficaz para proteger prioritariamente los derechos de la recurrente que se encuentra en estado de gravidez y del ser en gestación
- III.3.
- III.4.