SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0949/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0949/2005-R

Fecha: 15-Ago-2005

II.10.

II.10. El 18 de agosto de 2004 (fs. 120-122), se informó la inasistencia del actor a su fuente de trabajo del 9 al 17 de agosto de 2004, que derivó en el memorando de 19 de agosto de 2004 (fs. 1), por el cual la Alcaldesa Municipal de Cochabamba, determinó la rescisión de contrato y consiguiente despido del actor, por las causales contenidas por los arts. 16 incs.  d) y e) de la LGT, 9 de su Decreto Reglamentario, 7 del DS 1592 de 19 de abril de 1949 y 129 del Reglamento Interno del Personal de la Municipalidad, con el argumento de haberse constatado su inasistencia injustificada por más de seis días hábiles consecutivos a su fuente de trabajo; decisión que fue comunicada a la Dirección Departamental del Trabajo por Oficio 274/04 de la misma fecha (fs. 124).