SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0949/2005-R
Fecha: 15-Ago-2005
improcedente
La Resolución de 20 de enero de 2005 cursante de fs. 144 a 145 vta., declaró improcedente el recurso, con el argumento que si bien los memorandos de 9 y 19 de agosto de 2004 constituyen actos ilegales que conculcan los derechos a la seguridad jurídica, al trabajo y a la garantía del fuero sindical, porque las RRMM 193/04 y 347/04 no desconocieron la calidad del actor como Secretario General del Sindicato de Obras Públicas de Cochabamba, sin embargo no reclamó sus derechos y garantías ante el Juez de Trabajo que es la autoridad competente para conocer, tramitar y resolver el fondo de las denuncias por infracciones a leyes sociales, por lo que no agotó los medios o recursos legales previstos en el ordenamiento jurídico para la inmediata protección de sus derechos y garantías.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- Fragmento 5
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.18.
- II.19.
- II.20.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- APROBAR