SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0998/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0998/2005-R

Fecha: 22-Ago-2005

I.-

El recurrente alega que las autoridades demandadas vulneraron los derechos de su representado a la dignidad, a la libertad, así como a la garantía del debido proceso, pues: I.- el recurrido funcionario de la Policía Nacional lo recibió en calidad de aprehendido sin citación previa, sin que exista una situación de flagrancia y en base a una orden fiscal carente de fundamentación. II.- La codemandada Fiscal de Materia: a) presentó en su contra imputación formal carente de fundamento; b) le notificó con la querella en la etapa conclusiva; c) emitió requerimiento conclusivo de acusación carente de fundamento y sin ofrecer prueba. III.- El Juez de Instrucción recurrido, dispuso su detención preventiva sin fundamento en base a una apreciación incorrecta e ilegal de los antecedentes y rechazó su solicitud de cesación sin fundamentación adecuada y sin considerar los elementos de prueba presentados en audiencia. IV.- Los jueces técnicos codemandados: a) ordenaron la notificación de su representado con las acusaciones presentadas en su contra sin esperar el plazo de diez días concedido a la parte querellante para presentar su acusación particular; b) fue notificado por el oficial de diligencia para la audiencia de sorteo de ciudadanos cuando esa labor corresponde a secretaría, efectuándose la actuación sin su presencia y sin que sea notificado con la lista de ciudadanos sorteados; c) se desarrolló la audiencia de constitución de tribunal sin su presencia; d) determinaron que la excepción opuesta de su parte sea considerada e la audiencia de juicio al igual que su solicitud de cesación de la medida cautelar impuesta. Corresponde considerar lo solicitado a fin de otorgar o no la tutela demandada.