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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1002/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1002/2005-R

    Fecha: 22-Ago-2005

    improcedente

    En consecuencia, los antecedentes expuestos muestran que el caso, se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 18 de la CPE, por lo que el Tribunal de hábeas corpus al haber declarado improcedente el recurso, no ha efectuado una adecuada compulsa del mismo ni dado cabal aplicación al citado precepto constitucional.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • 1)
    • denegando
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • Fragmento 10
    • Fragmento 11
    • III.3.
    • III.4.
    • improcedente
    • REVOCAR

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