Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1014/2005-R
Fecha: 29-Ago-2005
II.4.
II.4. El 17 de mayo de 2005, en una nueva audiencia de consideración de modificación de medidas cautelares, el Juez recurrido rechazó la petición del recurrente mediante auto, al considerar que no se presentaron nuevos elementos de prueba, pues el actor adjuntó los siguientes certificados: de Tránsito, que acredita que no tiene ningún vehículo registrado a su nombre; de Derechos Reales de la provincia de Quillacollo que acredita que no tiene ningún inmueble en esa provincia; de las autoridades naturales del lugar de su residencia; de la Prefectura con relación al índice de mortalidad de Arque y dos certificados de nacimiento de hijos del actor (fs. 4 vta., 23 a 32, 45 vta. a 46, 65).