SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1018/2005-R
Fecha: 29-Ago-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 20 de enero de 2005 (fs. 83 a 86 vta.), la recurrente asevera que su representado es egresado de la Escuela Básica Policial de Cochabamba en la gestión 2001, habiendo sido sometido a proceso disciplinario por supuestas faltas cometidas en el ejercicio de sus funciones, proceso sustanciado ante el Tribunal Disciplinario Sumariante que pronunció Resolución condenatoria en su contra, determinando su retiro temporal del servicio policial por el tiempo de seis meses con pérdida de antigüedad y sin goce de haberes; fallo que apelado por su representado ante el Tribunal Disciplinario Departamental de la Policía Nacional mereció la Resolución absolutoria de 18 de marzo de 2003, decisión que elevada en consulta fue revocada, disponiendo su retiro temporal por el lapso de seis meses con pérdida de antigüedad y sin goce de haberes, emitiéndose la Resolución 351/2003; que en cumplimiento de la Resolución dictada por el Tribunal Superior de la Policía Nacional se dispuso la ejecución y cumplimento de dicho fallo.
Señala, que cumplida la sanción disciplinaria, su representado solicitó su reincorporación adjuntando certificados de antecedentes, habiendo el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional dictado la Resolución 143/2004, de 11 de agosto, determinando su reincorporación y rehabilitación en sus funciones; sin embargo, no obstante la Resolución y la presentación de sucesivos memoriales, solicitudes y concurrido personalmente ante las autoridades superiores, hasta la fecha no obtuvo ninguna respuesta coartando de esa manera su derecho a la petición, negando sistemáticamente su legítimo derecho a ser reincorporado a la institución del orden; por lo que al haber agotado todos los recursos ante la Policía Nacional y, al ser evidente que las autoridades recurridas habrían cometido omisiones ilegales contrarias al ordenamiento jurídico, vulnerando sus derechos y garantías constitucionales, interpone el presente recurso.