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    AUTO CONSTITUCIONAL 045/2005-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 045/2005-RCA

    Fecha: 08-Sep-2005

    II.1.

    II.1.  El amparo constitucional ha sido instituido como un recurso extraordinario que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona, reconocidos por la Constitución y las leyes.

    • revisión
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • I.2. Resolución
    • 1)
    • II.1.
    • “I.-
    • II.2.
    • Fragmento 8
    • III.1.1. Exponer  con  precisión  y  claridad  los  hechos  que   le  sirvan  de fundamento (art. 97.III de la LTC)
    • III.1.3. Fijar  con  precisión el  amparo  que  se solicita  para  preservar  o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados. (art. 97.VI de la LTC)
    • APROBAR el rechazo

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