Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0056/2005
Fecha: 12-Sep-2005
I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
La autoridad judicial recurrida, por oficio de 17 de junio de 2005 (fs. 179), remitió el expediente original del proceso social seguido por José Sánchez contra SOMIL Ltda., sin que haya formulado alegaciones de ninguna naturaleza, de manera que, luego del informe de Secretaría General 14/2005 de 5 de julio (fs. 183), se dispuso el sorteo del expediente por decreto de 11 de julio, lo que se realizó el 1 de agosto de 2005.
- b)
- I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III.1.
- Pretender impugnar decisiones dentro de procesos judiciales o administrativos en trámite, con el argumento de que han sido dictadas sin competencia; constituye un uso abusivo e indebido del Recurso Directo de Nulidad;
- III.3.
- INFUNDADO