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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0056/2005
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0056/2005

    Fecha: 12-Sep-2005

    II.2.

    II.2. Simón Avilés Montaño a nombre de SOMIL Ltda., mediante memorial  de 22 de enero de 2004 (fs. 82 y 83 vta.), purgó su rebeldía, se apersonó al proceso y opuso excepción perentoria de prescripción, respecto de la que, respondida por la parte adversa (fs. 89 y 90 vta.), a través del decreto de 26 de febrero de 2004 (fs. 91) la Jueza dispuso que sería resuelta en sentencia.

    • b)
    • I.3.  Alegaciones de la autoridad recurrida
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • III.1.
    • Pretender impugnar decisiones dentro de procesos judiciales o administrativos en trámite, con el argumento de que han sido dictadas sin competencia; constituye un uso abusivo e indebido del Recurso Directo de Nulidad;
    • III.3.
    • INFUNDADO

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