SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1066/2005-R
Fecha: 05-Sep-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente arguye que las autoridades recurridas vulneraron el derecho a la defensa de su representado, el Juez recurrido al haber dictado la Sentencia condenatoria contra su mandante el 1 de agosto de 2003, sin valorar adecuadamente los datos del proceso, así como al rechazar el incidente de nulidad interpuesto mediante providencia de 20 de septiembre de 2004; y los vocales recurridos al haber confirmado la Sentencia mediante Auto de Vista de 12 de noviembre del mismo año, sin tomar en cuenta que el decreto de 2 de octubre de 2003 no le fue notificado en su domicilio señalado ni a su abogado y al haberle nombrado un defensor de oficio que no fundamento la misma. En ese sentido corresponde en revisión analizar si en la especie se debe otorgar la tutela pretendida.