Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1102/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente a través de su abogado ratificó y reiteró su demanda, añadiendo que: el art. 72 inc. 5) de la Ley de Municipalidades (LM), establece que el retiro de los funcionarios de carrera municipal se producirá por destitución como resultado de un proceso disciplinario por responsabilidad por la función pública o proceso judicial con Sentencia ejecutoriada, situación que en su caso no se ha dado, puesto que fue sorprendido directamente con su retiro sin previo proceso administrativo vulnerándose de esa manera la presunción de inocencia.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la acción voluntaria de la persona de someterse al acto considerado lesivo, sin objetarlo, tomando una actitud pasiva frente al mismo
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA