Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1102/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
II.1.
II.1. Mediante memorando 0520/2004, de 30 de diciembre, Lucas Valdivia Arias- ahora recurrente- fue designado en el cargo de Asesor Legal para desempeñar sus funciones en la Defensoría de la Niñez y la Adolescencia - Servicio Integral de la Mujer, por el lapso de un año desde el 1 de enero de 2005, emitido por el Oficial Mayor de la Alcaldía de Uyuni y visado por la Inspectoría del Trabajo y Seguridad Industrial (fs. 2), en virtud al contrato de servicios estipulado entre el recurrente y el Gobierno Municipal de Uyuni (fs. 5).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la acción voluntaria de la persona de someterse al acto considerado lesivo, sin objetarlo, tomando una actitud pasiva frente al mismo
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA