SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1105/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1105/2005-R

Fecha: 12-Sep-2005

procedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo, dictó Resolución declarando procedente el recurso planteado, declarándose nula y sin valor legal alguno la Resolución Final Administrativa 21/2004, de 3 de septiembre, del Tribunal Disciplinario Permanente de la Policía Nacional, ordenándose que el Tribunal Superior de Faltas Disciplinarias de la Policía Nacional dicte nueva Resolución, prescindiendo de la prueba “contaminada” legalmente, con los siguientes fundamentos: a) el elemento subsidiario del amparo no está presente el caso en análisis, ya que de acuerdo al art. 31 inc. c) del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones de la Policía Nacional, los fallos del Tribunal Disciplinario Superior son definitivos e inapelables, asimismo los arts. 124 y siguientes del citado Reglamento, referidos a los recursos de reposición y apelación, proceden únicamente por actuaciones del Tribunal Departamental y no por actuaciones del Tribunal Superior; y b) el Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones de la Policía Nacional prevé la oralidad de los procesos disciplinarios que se desarrollan sobre la base de la acusación del Fiscal Policial, disponiendo el art. 94 inc. d) de dicho Reglamento que cualquier otro elemento de prueba que se quiera incorporar al proceso para su consideración y lectura, no tendrá ningún valor si no reúne los requisitos legales, en el presente caso la Resolución Final Administrativa 21/2004, de 3 de septiembre, que sancionó al recurrente con la baja definitiva de la Policía Nacional, tomó en cuenta en forma básica las declaraciones testificales e informes que no formaron parte de la base de la acusación del Fiscal Policial.