Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1124/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
Fragmento 10
que contra el Auto emitido por el Juez recurrido el recurrente interpuso recurso de apelación ante los vocales de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, el que fue desestimado, con el argumento de que no se encuentra dentro de los casos previstos en el art. 403 del CPP, de lo cual se evidencia que al no existir otro recurso al que pueda acudir el recurrente en defensa de sus derechos, se ingresa a analizar la ilegalidad denunciada.