Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1129/2005-R
Fecha: 16-Sep-2005
II.2.
II.2. Sentencia que apelada, se radicó ante la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Cochabamba, que dictó el Auto de Vista de 7 de agosto de 2002, revocando la Sentencia de 11 de diciembre de 2000 y declarando improbada la demanda principal así como improbada la tercería de dominio excluyente (fs. 10 a 11 vta.; 138 a 141).