SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1132/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1132/2005-R

Fecha: 19-Sep-2005

III.2.

III.2. En la problemática planteada, el recurrente denuncia la vulneración de los derechos de su representado por parte de las autoridades recurridas, pues el recurrido Viceministro de Defensa Social pronunció el Auto de 29 de julio de 2004 que declaró la ejecutoria de la RA 448/2003, de 11 de junio, y el codemandado Director General de Sustancias Controladas emitió el Auto conminatorio de 5 de noviembre de 2004, pretendiendo a través del presente recurso el cese en la ejecución de la referida Resolución Administrativa; sin embargo, de los antecedentes que informan el cuaderno procesal se evidencia que el representado del actor, por memorial de 30 de octubre de 2004 interpuso “recurso de nulidad” hasta el vicio más antiguo consistente -según su posición- en la RA 0448/2003 y el Auto de Ejecutoria de 29 de julio de 2004, alegando entre otros aspectos que la acción hubiera prescrito; y, posteriormente por memorial presentado el 7 de enero de 2005, dirigido al Viceministro de Defensa Social solicitó tenerse presente que la sanción impuesta en la RA 0448/2003 prescribió en aplicación del art. 79 de la LPA, sin cursar en antecedentes un pronunciamiento respecto a ambas pretensiones; esto supone que el representado del actor acudió ante una de las autoridades recurridas -Viceministro de Defensa Social-  con el propósito de evitar el cumplimiento de la RA 0488/2003, medios de defensa que a la interposición del presente recurso aún se encuentran pendientes de resolución; no obstante, la parte recurrente sin esperar un pronunciamiento de la nombrada autoridad recurrida, interpuso el presente recurso de amparo, sin tener en cuenta su naturaleza subsidiaria, por lo que aplicando la jurisprudencia glosada precedentemente, corresponde   determinar la improcedencia de la presente acción tutelar.