SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1144/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1144/2005-R

Fecha: 19-Sep-2005

improcedente

La Resolución 013/2005, cursante de fs. 101 a 102 vta., pronunciada el 23 de febrero  por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declara improcedente el recurso, con una multa de Bs200.-, bajo estos fundamentos: 1) la facultad de valoración de la prueba aportada corresponde privativamente  a los órganos jurisdiccionales por lo que el Tribunal de garantías constitucionales no puede pronunciarse sobre cuestiones que son de competencia exclusiva de las autoridades que conocen un proceso, menos atribuirse la facultad de revisar la valoración de la prueba, criterio trazado por el Tribunal Constitucional en sus SSCC 1062/2003-R, 0155/2004-R; 2) el recurrente podía acudir a la vía del proceso contencioso administrativo, debiendo aplicarse lo dispuesto por el art. 96.3 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).