SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1151/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1151/2005-R

Fecha: 26-Sep-2005

improcedente

Concluida la audiencia, la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando declaró improcedente el recurso, con los fundamentos siguientes: a) la recurrente en ningún momento solicitó ni reclamó a la autoridad demandada la devolución del motorizado que considera de su propiedad, más si esta posibilidad es viable al amparo de las normas previstas por el art. 189 del CPP y se había comunicado del inició de la investigación a la autoridad jurisdiccional; y b) el amparo constitucional se halla regido por el principio de subsidiaridad, lo que implica que la persona que se encuentra afectada en sus derechos o garantías no podrá hacer uso directamente del mismo, salvo que no exista otro medio o recurso para la protección inmediata; pero en el caso, la recurrente no agotó dichos medios y recursos para hacer cesar los efectos del acto reclamado.