SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1189/2005-R
Fecha: 29-Sep-2005
II.1.
II.1. Por memorial de 25 de abril, subsanado por escritos de 15 y 27 de mayo, y de 5 de junio, todos de 2004; Wilman Menacho Melgar, a nombre del Rotary Club filial Yacuiba, alegando que su mandante es propietaria del inmueble ubicado en calle Crevaux, entre calles Comercio y Martín Barroso, presentó demanda ordinaria de reivindicación, declaración judicial de mejor derecho y acción negatoria, contra el recurrente, quien se hizo de la posesión de dicho inmueble aprovechando que fue Presidente del Club, e incluso efectuó trabajos no autorizados, para utilizarlos como su vivienda (fs. 1 a 5); demanda que fue admitida por Auto de 7 de junio de 2004, por el Juez de Partido Mixto Liquidador de Yacuiba (fs. 6); contestada y reconvenida por el recurrente por escrito presentado el 17 de junio de 2004 (fs. 7 a 10 vta.).