SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1194/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1194/2005-R

Fecha: 29-Sep-2005

improcedente

Concluida la audiencia, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz declaró improcedente el recurso, con los fundamentos siguientes: a) el examen de pruebas para acreditar la existencia o no de elementos constitutivos de un tipo penal es facultad de los jueces ordinarios; b) el Juez recurrido no uso su potestad de desestimar la querella por considerar que ameritaba una investigación y un juzgamiento en un juicio penal a efectos de determinar si concurren o no los elementos constitutivos del delito de estafa. Finalmente ante la excepción planteada, el Juez la rechazó y se consideró competente en razón de territorio y de materia; y c) los vocales recurridos declararon improcedente, explicando que en la mayoría de los delitos de estafa concurre un documento civil, sin que sea necesario siempre acudir a la vía civil.