Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0022/2006-RCA
Fecha: 30-Ene-2006
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
La recurrente alega que los recurridos pese a existir un contrato de arrendamiento fenecido, ha utilizado la fuerza bruta y la fuerza militar para despojarle del local comercial alquilado y el hecho de no haber pagado los últimos meses por una desmedida y arbitraria elevación de alquileres de los recurridos, se produjo un despojo violento al haber puesto cerraduras a su fuente laboral viéndose privados de cumplir sus actividades. Corresponde dilucidar en revisión, si el rechazó de la Corte de amparo, fue resuelto en correcta aplicación de las normas previstas en los arts. 97 y 98 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- a)
- 1.2. Resolución
- improcedente
- 1.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 10
- III.1.1. Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirvan de fundamento (art. 97.III de la LTC)
- III.1.3. Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados. (art. 97.VI de la LTC)
- II.3.
- II.4.
- REVOCAR el rechazo